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Nº 790 -2 de junio de 2008

La UE impulsa la controvertida ‘Directiva de Retorno’ para la rápida expulsión de extranjeros

EUROPA YA NO QUIERE INMIGRANTES


Tras casi tres años de infructuosas negociaciones, los 27 Estados integrantes de la Unión Europea han alcanzado un preacuerdo para adoptar una política común en materia de inmigración. Hace tres semanas, los embajadores de cada país miembro ante la UE consensuaban el texto de la “Directiva relativa a procedimientos y  normas comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países que se encuentren ilegalmente en su territorio”. Una norma que endurece de un modo sin precedentes las condiciones para los ciudadanos en situación administrativa irregular en tierras europeas, y que, por el contrario, simplifica enormemente los trámites de expulsión. Es la también conocida como Directiva de Retorno, aunque para todas las organizaciones de defensa de los Derechos Humanos y para buena parte de la izquierda –en clara referencia al Muro de Berlín–, se ha hecho más popular como la Directiva de la Vergüenza.

Por Pedro Antonio Navarro

Desde que en los años noventa el Frente Nacional francés (FN) –partido fascista–, liderado por Jean Marie Le Pen, descubriera el filón electoral de la bandera agitada del miedo al invasor extranjero, la inmigración empezó a formar parte de la agenda política de las grandes formaciones tradicionales, tanto las de derecha clásica como de muchas fuerzas representantes del pensamiento socialdemócrata.

La ascensión del FN resultaba meteórica. De un inicio como partido casi marginal, llegaba a disputar la segunda vuelta de la elecciones presidenciales galas en 2000, convirtiéndose en la segunda fuerza política del

país, con especial implantación en zonas obreras en las que la crisis industrial había golpeado con mayor dureza –antaño, de dominio de la izquierda–, con elevados índices de desempleo, y entre amplias capas de la clase media.

Fenómenos similares se extendían por Europa. Los neonazis crecían a ritmo imparable en Alemania, mayoritariamente en el este del país. También en Austria, donde el paradójicamente denominado Partido de la Libertad (FPÖ), liderado por Jörg Haider, de ideología de extrema derecha, llegaba al poder en coalición con otras fuerzas –Haider, hoy en día sigue en activo como gobernador de Carintia, al frente de una escisión del FPÖ, denominada Alianza para el Futuro (BZÖ)–.

El denominador común a todas ellas era el discurso xenófobo y racista que culpabilizaba de todos los males a una inmigración que competía con los nacionales por los puestos de trabajo, que era la responsable de casi toda la delincuencia, y que era incapaz de adaptarse a las costumbres europeas y, por tanto, de integrarse con éxito en su nueva sociedad de acogida.

El fenómeno que antes espeluznaba e incomodaba al pensamiento democrático tradicional del Viejo Continente parece que va siendo asimilado, con cierta naturalidad, por formaciones que habían permanecido fuera de toda sospecha de actitudes racistas o xenófobas.

“Lo que nosotros propugnábamos a mediados de los noventa, hoy es ley en muchos países europeos. Entonces nadie pensaba que la inmigración llegaría a ser un asunto tan importante”, proclamaba orgulloso, recientemente, el todavía gobernador del Estado austriaco de Carintia, Jörg Haider. La constatación más palmaria de este hecho está en las recientes elecciones italianas. Muchos analistas consideran que un buen porcentaje del triunfo electoral de la coalición de la derecha y la extrema derecha en los comicios legislativos se ha debido al discurso abiertamente xenófobo y sin complejos que ha manejado Silvio Berlusconi y sus aliados de la Liga Norte y los posfascistas de Alianza Nacional. Consecuentemente, la primera medida aplicada por el Ejecutivo italiano ha sido la presentación ante el Parlamento –e inmediata aprobación– del denominado Paquete de Seguridad, un conjunto de más de 30 medidas que contempla un endurecimiento brutal de las leyes de extranjería y la equiparación a delito de la estancia irregular en el país (con penas de hasta tres años de cárcel).

En otros países de la Unión se ha reaccionado con grandes reticencias y abiertas críticas a la actuación del Gabinete de Berlusconi. Sin embargo, hace algo más de tres semanas, el Comité de Representantes Permanentes –embajadores– ante la Unión Europea (Coreper) daba luz verde a la denominada “Directiva relativa a procedimientos y  normas comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países que se encuentren ilegalmente en su territorio”, más conocida como Directiva de Retorno. Se trata de una serie de normas que endurecen de modo considerable las condiciones para las personas que se encuentran en territorio comunitario en situación administrativa irregular. Por ejemplo, se permite el internamiento de los sin papeles en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) por un periodo que puede llegar a los 18 meses, incluso en el caso de menores de edad. Se alargan los plazos para que puedan regresar a la UE, una vez expulsados, y un amplio conjunto de otras medidas restrictivas que se detallan en el cuadro posterior.

Francia, Italia y España –tres de los Estados más afectados por la inmigración en los últimos tiempos– llevaban impulsando el debate sobre una política comunitaria común en esta materia desde hace casi tres años. Los primeros textos que fueron debatidos en el seno de la Comisión eran mucho más garantistas que el que acaba de ver la luz verde, pero el momento también era otro. La actual crisis económica parece ser una de las causas que está detrás de la intransigencia de la norma. Podría aplicarse el viejo aserto que asegura que “cuando el hambre entra por la puerta, el amor salta por la ventana”. Desde países con una legislación más amable, como España –donde el periodo de retención establecido actualmente por la ley es de 40 días– o Francia –32 días– justifican su apoyo incondicional a la Directiva porque argumentan que no obliga a endurecer las legislaciones nacionales y, sin embargo, sí establece límites máximos para otros países con normativas más duras. Así, se citan los ejemplos de nueve países de la Unión (Dinamarca, Estonia, Finalandia, Grecia, Holanda, Irlanda, Malta, Reino Unido y Suecia) que no contemplan límite alguno para el periodo de retención de los ciudadanos en situación irregular, y que ahora verán restringida esta capacidad ilimitada por la directiva.

La secretaria de Estado para la Inmigración y la Emigración, Consuelo Rumí, considera que esta nueva norma es “equilibrada” y ofrece “más garantías” a los extranjeros en muchos países de la UE en los que antes no las tenían. Para ella, se trata sólo de un primer paso en un “proceso de armonización” de las legislaciones nacionales y de una política común europea en esta materia, que llegará a ser más amplia.

Lo cierto es que, incluso un texto como éste se ha enfrentado a las reticencias de muchos países que lo consideraban “demasiado laxo”. Naciones como Alemania, Grecia, Lituania o Austria han expresado su desacuerdo con el planteamiento inicial de que los Estados habrían de hacerse cargo de la asistencia jurídica gratuita a los sin papeles retenidos durante sus procesos de expulsión. De hecho, este aspecto saltaba de la redacción final, dejando de ser normativo y vinculante, quedando sólo como una “recomendación” para los países miembros, que no tienen ninguna obligación de cumplirlo.

En nuestro país, pese a que el día 7 de mayo –fecha de aprobación de la Directiva–, desde el Ministerio del Interior se manifestaba que, pese a la nueva situación, en el territorio nacional no se incrementaría el periodo de retención en los CIE, sólo dos semanas después, el titular del Departamento, Alfredo Pérez Rubalcaba, admitía que se está estudiando la posibilidad de extenderlo hasta los 60 días, porque “a veces” hace falta más tiempo para cumplimentar los trámites de expulsión.

Queda pendiente el importante trámite del sometimiento de la Directiva al Parlamento europeo, previsto para el próximo 5 de junio, y donde se prevé una dura batalla. Por lo pronto, los grupos de Los Verdes y la Izquierda Unitaria europea ya han anunciado su rotunda oposición. A ellos podría sumarse buena parte del Grupo Socialista e incluso algunos liberales y hasta elementos aislados del Grupo Popular (los conservadores).

Los opositores en Bruselas ya han avisado: “Rechazamos el informe del Sr. Weber porque los nacionales de terceros países, como los ciudadanos comunitarios, no deben ser objeto de privación de libertad personal o de pena de prisión a causa de una falta administrativa. Los nacionales de terceros países podrían ser objeto de internamiento temporal únicamente si se someten a un procedimiento judicial por delitos cometidos dentro de las fronteras de la Unión Europea y, en cualquier caso, con idénticas garantías judiciales y procedimentales que los ciudadanos de la UE. Además, consideramos que un periodo de privación de libertad de 18 meses es inútil, excesivo y afecta enormemente el derecho a la libertad personal, defendido en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. 18 meses de privación de libertad para personas que no han cometido un delito entrañan de facto la legitimación de una paradoja jurídica. Un periodo injustificadamente prolongado de privación de libertad en condiciones terribles como las que se presentan en algunos centros de detención de la UE, visitados por la propia Comisión LIBE, no debería autorizarse en ningún caso en nuestra legislación comunitaria. Además, consideramos extremadamente urgente llevar a cabo una evaluación detallada de la utilidad y las consecuencias del internamiento de inmigrantes en esos centros”, rezabael comunoicado suscrito por parlamentarios verdes y de la Izquierda Unitaria.

Aparte de la oposición directamente política, la práctica totalidad de organizaciones de defensa de los Derechos Humanos han puesto el grito en el cielo. “La falta de información y de participación ciudadana con la que se toman las decisiones en la Unión Europea es por lo que el espacio legislativo europeo constituye un lugar perfecto donde tomar este tipo de decisiones vergonzosas. Lejos de miradas indiscretas, de ciudadanos curiosones y de la presión inmediata de los medios de comunicación”, aseguran en un comunicado desde Attac.

Para la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), la reforma de la Ley de Extranjería que plantea el Gobierno “tiene un claro fin disuasorio”, en palabras de su presidente, Ignacio Díez de Aguilar.

Para todas estas organizaciones, la norma comunitaria es conocida como la “Directiva de la Vergüenza”, estableciendo un claro paralelismo con la denominación recibida por el Muro de Berlín en los años de la Guerra Fría. SOS RACISMO considera “especialmente grave la ampliación del plazo de  internamiento en el Estado Español porque representa apostar por una medida en esencia contraria a los principios del estado de derecho ya que  legitima la  privación de libertad de personas que no han cometido ningún delito. No solo el gobierno español  y la Unión europea no se plantean resolver esta vergonzosa situación contraria  a los principios democráticos de los países europeos sino que se proponen en nombre del control de la inmigración retroceder todavía más en el cumplimiento de los derechos de las personas inmigrantes”.

Otro tanto sucede con Amnistía Internacional. La prestigiosa organización, Premio Nobel de la Paz, se ha dirigido a los europarlamentarios de todos los grupos políticos para que “no apoyen el texto” de la directiva, porque supone “un progresivo deterioro de los derechos humanos y de las garantías de personas en circunstancias irregulares”, según asegura su director en España, Esteban Beltrán. Más duro todavía se mostraba el director internacional de esta organización humanitaria, Nicholas Berger. Para él, “Si acepta este texto de compromiso, el Parlamento Europeo socavará su propio mandato de proteger los Derechos Humanos y permitirá que la legislación de la UE erosione los estándares internacionales vigentes en materia de Derechos Humanos”.

Desde el campo jurídico, la directiva tiene también un buen número de enemigos. El magistrado del Tribunal Supremo Rafael Fernández Valverde sostiene que la norma “no es constitucional” si no contempla “necesariamente” otras medidas “complementarias” destinadas a la averiguación de la identificación de los inmigrantes irregulares. El magistrado declara que “desde los tribunales europeos hasta el más humilde tribunal canario llevan 25 años dictando una serie de sentencias reconociendo una serie de derechos muy sólidos de los extranjeros y, en consecuencia”, entiende que se estaría “en una situación complicada de que sin más el poder ejecutivo europeo pudiera dejar sin efecto muchísimas resoluciones judiciales que se han dictado en los últimos años”.

Del mismo modo muestra su discrepancia el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, opinión que comparte la presidenta de la Unión Progresista de Fiscales, Gabriela Bravo, que asegura que todo su colectivo está “totalmente en contra” de la nueva directiva, y aconseja a los gobiernos de la UE “que no inviertan tanto en evitar que esta gente nos moleste por el hecho de buscar trabajo, sino que invierta en buscar vías para poderlos integrar”.

Pese a la poliédrica oposición que está encontrando esta directiva comunitaria, no parece probable que sea derribada por mayoría en el Parlamento Europeo. La mayoría de los gobiernos de la UE tienen como objetivo la expulsión de los ocho millones de extranjeros en situación irregular –según cálculos de la Comisión Europea- que se encuentran dentro de sus fronteras, así como provocar un efecto disuasorio con las vistas en un futuro. Todos saben, además, que el discurso contra la inmigración vende muy bien en el mercado electoral.

Los puntos de la polémica

El acuerdo suscrito por el Comité de Representantes Permanentes ante la Unión Europea (COREPER) –los “embajadores” de facto de cada país miembro– sobre el texto de la “Directiva relativa a procedimientos y normas comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países que se encuentren ilegalmente en su territorio”, también conocida como la Directiva de Retorno, ha dado lugar a una norma mucho menos garantista que la que originalmente se propuso para su debate, hace ya dos años y medio.

Los puntos más polémicos, y que han suscitado un rechazo más contundente por parte de la gran mayoría de organizaciones en defensa de los Derechos Humanos, y de diversas instancias judiciales se resumen en el siguiente cuadro:

El periodo máximo de retención en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) de un inmigrante en situación irregular se establece, como norma general, en seis meses, pudiendo ser ampliado hasta los 18 meses, en caso de falta de colaboración para su identificación, o si el ciudadano extranjero tratase de poner trabas a su repatriación o emplease maniobras dilatorias.

Cualquier persona en situación irregular expulsada no podrá regresar al territorio de la Unión Europea en un plazo de cinco años.

El hecho de que ciudadanos extranjeros menores de edad se encuentren escolarizados no constituirá un eximente para su expulsión. Además, la minoría de edad no impedirá el internamiento del inmigrante en situación irregular en un CIE, aunque la directiva, sin especificar, habla de aplicar un periodo más corto de interna miento en su caso.

Los inmigrantes en situación irregular menores de edad podrán ser repatriados, procurando siempre “la mejor opción para ellos” y, en todo caso, serán entregados a miembros de su familia, a un tutor legal o a una institución adecuada –sin especificar los criterios por los que tendría esa consideración de idoneidad-.

Los países miembros podrán decidir no aplicar la directiva a los inmigrantes que “hayan sido rechazados a la entrada del país o interceptados en las fronteras”.

Las “retenciones” podrán ser ordenadas por un juez o, simplemente, por una “autoridad administrativa”, con el compromiso de los Estados a “una rápida revisión judicial”, sin establecer ningún plazo fijo para ello –en la mayoría de los países, este plazo estaba estipulado en un máximo de 72 horas, en aplicación del habeas corpus-

Las costas judiciales de cada proceso serán abordadas teniendo en cuenta los criterios en esta materia vigentes en cada país miembro de la UE, y no se establece la obligatoriedad de facilitar asistencia letrada gratuita a los ciudadanos extranjeros en situación irregular, con total independencia de sus posibilidades económicas individuales. Sí se incluye una “recomendación” para cada Estado de que sí ofrezca esta facilidad, aunque este punto ha quedado fuera del texto de normas comunes, que son de obligado cumplimiento para todos los países.

  La Directiva está pensada para las personas indocumentadas de terceros países que hayan conseguido entrar en territorio de la Unión Europea o para aquellos otros que hayan agotado, sin éxito, los plazos para la obtención de la condición de asilados políticos o refugiados reconocidos como tales. A los interceptados y retenidos antes de conseguir acceder al territorio comunitario, se les continuará aplicando la legislación nacional de cada Estado.

La xenofobia de Berlusconi

Dentro del endurecimiento general de las normas contra la inmigración irregular que se está produciendo en el seno de la Unión Europea, el caso de Italia está rompiendo moldes con la puesta en marcha de una ley que equipara una falta administrativa –como lo es la estancia en el país en situación irregular– con un delito.

La ley impulsada por el postfascista ministro del Interior, Roberto Maroni, contiene aspectos tan represivos como las condenas de entre dos y cuatro años de cárcel para cualquier ciudadano extracomunitario que se encuentre en el país en situación administrativa irregular, o las penas de hasta tres años de prisión, más multa de 50.000 euros y confiscación del inmueble, a cualquier natural italiano que alquile una vivienda o una habitación a un inmigrante sin papeles. Esta medida, condena, en la práctica, a la indigencia más absoluta a cualquier persona que viva en el país sin los correspondientes permisos. En toda Italia se calcula que son unas 800.000.

Además, la ley proyectada incrementa en un tercio las penas por la comisión de cualquier delito si su autor es un ciudadano extracomunitario en situación irregular, contempla la expulsión inmediata de todos los sin papeles condenados a penas superiores de dos años –actualmente es para penas superiores a diez años-; amplía de seis meses a dos años el periodo de convivencia de los matrimonios entre ciudadanos italianos y extranjeros para que el cónyuge pueda obtener la nacionalidad, restringe la reagrupación familiar sólo a padres e hijos, se establece la prohibición de que las personas en situación irregular envíen dinero al extranjero, y también está prevista la creación de un banco de datos de ADN para facilitar la identificación de los ciudadanos foráneos.

Pese al principio jurídico de irretroactividad de las leyes, no resultará nada fácil para cualquier acusado demostrar –precisamente, por la falta de documentación- que vive en el país con anterioridad de la promulgación de la norma (que está prevista para dentro de dos meses).

Incluso, el nuevo Ejecutivo italiano de coalición entre la derecha y la extrema derecha, llegando mucho más lejos de lo que permite la normativa de la Unión Europea,  ha incluido a los ciudadanos comunitarios de otra nacionalidad entre sus objetivos como susceptibles de retención –que no detención, en este caso- en Centros de Internamiento para Extranjeros, y posterior expulsión.

Los socios de la UE ya han advertido de la ilegalidad de esta decisión, aunque británicos, franceses, suecos, españoles o alemanes pueden estar tranquilos. El verdadero objeto de este apartado es la persecución de los ciudadanos rumanos –comunitarios desde 2007- y, especialmente, de los de etnia gitana, otra de las obsesiones del Cavaliere.

Tras los constantes discursos xenófobos antes y durante la pasada campaña electoral, y que los hechos han demostrado muy efectivos a la hora de la captación de votos entre la clase media transalpina, en el país se han sucedido multitud de actos hostiles, y numerosas agresiones contra la comunidad gitana, en especial, en el sur –donde el papel de la Camorra ha sido determinante-, y que, a criterio de muchas organizaciones de defensa de los Derechos Humanos, en el fondo, esconden intereses inmobiliarios que persiguen la urbanización de las amplias zonas en las que están asentados sus barrios de chabolas (siempre en el extrarradio de las ciudades).

Desde el resto de la Unión Europea y alguna que otra organización internacional, las xenófobas iniciativas del Gabinete de Berlusconi se han llevado más de un tirón de orejas. El Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados (ACNUR) aseguraba en un reciente comunicado firmado por su portavoz, Jennifer Pagonis, que “aunque entendemos que los Estados se enfrentan a considerables retos a la hora de hacer frente a la inmigración ilegal, estamos preocupados por el potencial impacto perjudicial de estas nuevas medidas en Italia”.

También desde el Gobierno español –paradójicamente, impulsor de la Directiva de Retorno- se han dejado oír las críticas contra la legislación italiana. En un primer momento, la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, realizaba duros reproches al Ejecutivo de Berlusconi, al que acusaba de fomentar la xenofobia. Con el tiempo, y tras la visita a nuestro país del ministro de Política Comunitaria transalpino, Andrea Ronchi, el tono de las declaraciones ha ido descendiendo de intensidad. El pasado 23 de mayo, de la Vega hablaba de lo “mucho” que une a ambos países en materia de inmigración, “aunque pueda haber diferentes sensibilidades”. Eso sí, la vicepresidenta reclamaba “el respeto a los Derechos Humanos y a la dignidad de las personas”, e instaba al Gobierno romano a abordar su política de extranjería “en el ámbito de la Unión Europea”.

El nuevo secretario de Estado español para la UE, Diego López Garrido, tras reunirse con Ronchi en Madrid, aseguraba que las medidas italianas podrían “afectar a otros países del entorno”, en clara referencia al posible desvío de la inmigración inicialmente dirigida hacia Italia, a Francia y España, al tiempo que consideraba la nueva legislación de Berlusconi “de imposible aplicación práctica”, puesto que “no habría cárceles suficientes ni jueces en Italia para convertir a un millón y medio de personas en delincuentes y, además, las normas penales no tienen carácter retroactivo”.

Pese a que desde Roma se intenta justificar esta durísima normativa porque “Italia tiene una emergencia de seguridad, y Europa debe entenderlo”, diversos juristas españoles han contestado con contundencia esta pretensión legislativa. Para el director del XVIII Encuentro de Abogacía sobre Derecho de Extranjería y Asilo, Javier Monzón, el decreto de ley que prepara el Parlamento italiano es un “auténtico disparate” que “no tiene cabida en la normativa de la Comunidad Europea”. Del mismo modo, el presidente de la Subcomisión de Extranjería del Consejo General de la Abogacía Española, Pascual Aguelo, ha asegurado que “la Convención Europea de Derechos Humanos establece límites que ningún Estado puede traspasar”, agregando que los Derechos Humanos “son universales y, por tanto, afectan a todas las personas”.

Incluso el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional –que presidiera el macrojuicio por los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid-, Javier Gómez Bermúdez, ha expresado su máximo desacuerdo con la aplicación de sanciones penales a los inmigrantes que se encuentren en suelo comunitario en situación irregular.

El ministro del Interior italiano, Roberto Maroni, es el número dos de la formación de extrema derecha Liga Norte, uno de los principales socios del Gobierno de Silvio Berlusconi. Ha puesto en marcha este más que polémico decreto de ley en sólo diez días desde su toma de posesión del cargo. Está inscrito en una serie de más de 30 medidas que se han dado a conocer como el denominado “Paquete de seguridad”. Una seguridad de la que no van a gozar cerca de 800.000 personas en el interior del país. 

Veintisiete países, veintisiete  políticas

La Directiva de Retorno que se debatirá esta semana en el Parlamento Europeo tiene como objetivo armonizar las políticas migratorias de los Veintisiete para expulsar a los ocho millones de inmigrantes irregulares que residen en la Unión. Si bien la nueva norma no obliga a modificar las leyes nacionales de la mayoría de los países comunitarios, algunos otros sí se verán obligados a revisar su legislación a la baja. 

Tiempo máximo de detención permitido

Ampliar el tiempo máximo de detención de los inmigrantes irregulares a seis meses extensibles a 18 en casos excepcionales es el punto más polémico de la nueva Directiva. Si bien la mayoría de países no se verán obligados a cambiar su normativa, actualmente la legislación de nueve países comunitarios -Reino Unido, Suecia, Chipre, Dinamarca, Finlandia, Estonia, Polonia, Lituania y los Países Bajos- no contempla un período máximo de retención para los indocumentados, que pueden ser detenidos durante tiempo indefinido.

Con la necesidad de limitar ese plazo para garantizar mínimamente los derechos fundamentales de los más de 8 millones de extranjeros sin papeles que habitan en territorio comunitario, un estudio encargado por el Parlamento Europeo ha puesto al descubierto las duras condiciones existentes en 132 de un total de 174 centros de internamiento existentes en la Unión. De hecho, con la Directiva de Retorno a punto de aprobarse que limita el período a 18 meses, en Chipre se han detectado casos de personas que han llegado a estar más de 36 meses encerradas.

 Además, aunque otros países ya contemplaban un plazo inferior a los 18 meses, la Directiva ha dejado al descubierto dos tipos de prácticas. Por un lado, aquellos países como Bélgica que, con un plazo máximo de 5 meses, acudían al recurso de un nuevo arresto. Es decir, una vez cumplido el plazo, inmediatamente se detenía de nuevo al indocumentado para comenzar otro período de internamiento. Mientras que, por otro lado, algunos países ya han aprovechado el ancho margen de maniobra para ampliar su plazo. En este extremo, países como España ya han avisado, en boca de su ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, que se ampliará el plazo de retención de 40 a 60 días. En Italia, cuyo plazo máximo es de 60 días, ya se plantea aumentar dicho periodo hasta situarlo en el linde de 18 meses. Así, ante la ausencia de voces discrepantes en el seno de la Unión Europea, lo que era una falta administrativa (no tener documentación en terreno europeo) se pretende convertir a través de un decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros de Berlusconi en un delito, penado con entre seis meses y cuatro años de cárcel. Es decir, ser delincuente tiene una pena mayor por el hecho de no haber nacido en terreno italiano.

El caso francés también destaca por su reciente endurecimiento de política migratoria. Desde su llegada al Eliseo en 2007 y la creación de un Ministerio de la Inmigración y la Identidad Nacional con la subsiguiente implementación de cuotas fijas para expulsar a los inmigrantes irregulares (25.000 en 2007 y 26.000 para 2008), Sarkozy ha dejado claro que su máxima prioridad es acabar con la inmigración irregular. A su vez, y con vistas a la próxima presidencia francesa de la Unión Europea que comenzará el próximo julio, el mandatario francés ha expresado su deseo de que los Veintisiete adopten medidas tales como la implantación de visados biométricos y lecciones obligatorias del idioma del país para los recién llegados.

En el caso de España, considerado como uno de los países más “garantistas” en este tema, existen actualmente diez centros de internamiento para Extranjeros (CIE) que son regulados por la Ley de Extranjería y dependen del Ministerio del Interior. Esta ley permite la detención de los indocumentados por un plazo de 40 días. Sin embargo, el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha anunciado recientemente que el Gobierno modificará la legislación vigente para ampliar el periodo máximo de retención hasta los 60 días argumentando que en España dicho periodo es “muy pequeño” en comparación con algunos países de la Unión y que resulta “escaso y limitado” para poder llevar a acabo los trámites que exigen los procesos de repatriación “por muy buena voluntad que pongan los países de origen”. A su vez, ha asegurado que se crearán nuevos CIEs con el objetivo de “mejorar la vida” de los retenidos.

En este sentido, el minucioso informe encargado por el Parlamento Europeo revela las degradantes condiciones de higiene en algunos de los centros de la UE. Calificadas por los autores del estudio como “inaceptables, inhumanas y degradantes” en países como Chipre, Malta, Polonia y Grecia, España no está exenta de esta sombra de sospecha de maltrato a las personas sin papeles. Hacinamiento de internos, mezcla de extranjeros con causas penales y simples indocumentados, falta de higiene hasta el punto de llegar a demandar simples “cortinas” en los baños para preservar la intimidad o maltratos policiales son ejemplos de denuncias que recoge el informe de manera perenne. También las Organizaciones no gubernamentales, que en muchos casos tienen restringido el acceso a dichos centros, han denunciado las durísimas condiciones en la que viven los más de 20.000 sin papeles que se encuentran detenidos en territorio comunitario.

Menores no acompañados

Mientras que los convenios y acuerdos internacionales son tajantes en este sentido y la nueva norma establece que los menores no acompañados serán devueltos a su país de origen y entregados sólo a un familiar, tutor o institución adecuada, gran parte de las regulaciones de los países miembros no prohíben lo contrario. Así, en Alemania, Grecia, Estonia y Austria el menor no acompañado está desprotegido ante la ley y puede ser retenido en los centros de internamiento como si de un adulto se tratara. De hecho, en Grecia los menores no acompañados pueden ser detenidos y expulsados del país sin que se tenga en cuenta su edad ni las circunstancias que le esperan en su país de origen.

En muchos otros países -República Checa, Hungría, Luxemburgo, Finlandia, Lituania, Portugal, Eslovaquia, Dinamarca, y España- los menores pueden ser detenidos pero son enviados a centros especiales, muchos de ellos dependientes del Ministerio de Asuntos Sociales del país y en otros casos a cargo de ONGs. En el caso español los menores no acompañados (MENA) son transferidos a centros especiales que dependen de las Comunidades Autónomas. La Ley de Extranjería de España permite la expulsión de menores sólo si son devueltos a algún familiar o agencias encargadas del bienestar social del menor.

En este sentido, los centros de menores no acompañados no están libres de sospecha. Según denuncia el informe del Parlamento Europeo, en Bélgica los centros no están preparados para recibir a menores porque no respetan derechos como el acceso a la educación, al ocio o a actividades al aire libre. Sin embargo, en algunos países las condiciones de retención de menores podrían considerarse aceptables. Por ejemplo, en Hungría los menores no acompañados permanecen en el centro especial Nagykaniza, donde pueden acceder a la escuela y son acompañados en todo momento por trabajadores sociales. Lo mismo sucede en Luxemburgo o Portugal donde los centros de menores tienen supervisión social y educacional.

Prohibición de entrada al país

La nueva Directiva establece a este respecto, que los sin papeles expulsados de la Unión Europea no podrán volver a entrar durante un período de cinco años. A pesar de la dureza de la norma en este sentido, algunos países verán afectada su legislación a la baja, como es el caso de Alemania que, sin duda, es la que presenta la legislación más estricta en este asunto. Así, la ley de extranjería germana establece que los indocumentados que sean expulsados no podrán volver a ingresar al país de manera definitiva. Italia y Malta, por su parte, vuelven a adherirse al límite establecido para estos casos, puesto que ya contemplan un plazo de prohibición de entrada al país de cinco años para todos los sin papeles que hayan sido expulsados de su territorio.

Por su parte, Gran Bretaña, Francia y España establecen un plazo de tres años, aunque, en el caso español, la ley de extranjería establece que “toda expulsión llevará consigo la prohibición de entrada a territorio español por un periodo mínimo de tres anos y máximo de diez”.

Acceso a asesoría jurídica

Donde la Directiva no ha podido establecer límite alguno ha sido en torno a la garantía de asistencia jurídica para los indocumentados retenidos en centros de detención. Ante el rechazo de algunos países como Alemania, Austria y Grecia de sufragar la asistencia jurídica de los sin papeles, finalmente el texto consensuado por los Veintisiete establece que la asesoría legal se ofrecerá en función de las normas de cada país comunitario.

En este sentido, lo más preocupante no es la ausencia de asesoría legal a las personas sin papeles, sino que llegan a tener serias dificultades para acceder a información sobre sus derechos legales. Esta situación ha sido denunciada por diversos organismos de los diferentes países y por el Informe encargado por el Parlamento Europeo. Así, mientras que el informe califica de “insatisfactorio” el acceso de los detenidos en Bélgica a la información sobre sus derechos, en otros Centros de Internamiento en Letonia, Polonia, España, Lituania y Luxemburgo los detenidos tienen serias dificultades para acceder a información legal sobre sus derechos según han denunciados varias ONGs que, en muchos otros casos, son quienes prestan este servicio a los sin papeles.

Tiempo máximo de retención

Chipre

Dinamarca     

Estonia         

Finlandia       

Lituania         

Países Bajos  

Polonia          

Reino Unido   

Suecia          

Letonia          

Malta 

Alemania       

Eslovenia       

Austria           

Hungría         

Eslovaquia     

Rep.Checa     

Bélgica          

Grecia               

Luxemburgo      

Irlanda              

Italia               

Portugal         

España          

Francia          

Ilimitado 

Ilimitado

Iliimitado

Ilimitado

Ilimitado

Ilimitado

Ilimitado

Ilimitado

Ilimitado

20 meses

18 meses

18 meses

12 meses

10 meses

6 meses

6 meses

6 meses

5 meses

3 meses

3 meses

2 meses

60 días

60 días

40 días

32 días

 

Elena Luchetti

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