Este otoño se conmemora la efeméride
75 años de sufragio femenino en España
En un año en el que asistimos a diversas
conmemoraciones de relevantes hechos históricos –75 aniversario de
la II República, 70
aniversario de la sublevación militar que dio paso a
la Guerra Civil–, un
suceso capital en la vida política de nuestro país corría el riesgo de verse
eclipsado por los dos mencionados. Este otoño (concretamente el 1 de octubre)
se cumplen 75 años del pleno reconocimiento de los derechos democráticos de la
mujer en España y del establecimiento del sufragio femenino. Con un
considerable retraso con respecto a los países de nuestro entorno, las
Constituyentes de
la II
República saldaron en 1931 una deuda histórica. La figura de
Clara Campoamor será reconocida como una de las más determinantes en la pugna
por la consecución de ese derecho inalienable, aunque la lucha de la mujer por
su integración política y social había comenzado mucho antes, y otros nombres y
hechos merecen también ser destacados. La efeméride también será objeto de un
gran homenaje en
la
Universidad de Sevilla, en unas jornadas que contarán con la
presencia de representantes de más de 100 naciones, y que serán organizadas por
los profesores Javier Pérez Royo y Blanca Rodríguez, del Departamento de
Derecho Constitucional de esta institución.
Por Pedro Antonio Navarro
No son muchos los actos públicos
organizados para conmemorar tan importante evento, en comparación con los que
se han programado para celebrar el 75 aniversario de
la II República o,
incluso, para recordar las siete décadas del inicio del momento más negro de
la Historia de España, la
sublevación militar contra esa misma República y la consecuente Guerra Civil.
Más allá de algunos actos institucionales en las sedes parlamentarias que
sucederán en octubre, tan sólo se ha puesto en marcha una campaña nacional para
erigir un monumento a Clara Campoamor, la más destacada parlamentaria en
defensa del pleno derecho al voto femenino, en la sede del Congreso de los
Diputados, y unas jornadas en
la
Universidad de Sevilla que, bajo el título “75 años de
sufragio femenino en España. De votantes a ciudadanas de Europa”, abordará la
evolución histórica de estos tres cuartos de siglo y analizará el cambio en el
modo de participación democrática a lo largo de todo este tiempo. En este
evento estarán representadas parlamenarias de los países de
la Unión Europea y de
otras naciones.
Pero la lucha de las mujeres por la
conquista de su plenos derechos políticos no nace –aunque sí es el contexto en
el que se sustancian- con
la
II República. Desde la segunda mitad del siglo XIX, el
movimiento feminista va haciéndose visible y ganando espacios públicos,
especialmente en el mundo anglosajón.
En España irrumpe más tarde. A comienzos
del siglo XX, las únicas organizaciones femeninas de las que se tiene
constancia, están integradas por mujeres de clase alta y de marcada influencia
católica, cuya principal actividad está orientada a la caridad. La primera
organización que menciona al feminismo es
la Junta de Damas de
la Unión Iberoamericana
de Madrid que, entre sus planteamientos propone determinadas mejoras sociales
dirigidas a las mujeres, como la supresión de la trata de blancas o la
consecución de mayores oportunidades laborales y de educación para el colectivo
femenino, aunque sin llegar a plantear en ningún caso una defensa de los
derechos políticos. En 1906 crean el Centro Iberoamericano de Cultura Popular
Femenina y un periódico publicado cada diez días: “
La Ilustración de
la Mujer, Revista
Hispanoamericana de Música, Letras y Artes”, en el que, curiosamente, los
puestos directivos estaban ocupados por hombres. Los artículos en su primer
número dan una idea de la orientación conservadora de este grupo. Uno, escrito
por María Pilar Contreras de Rodríguez, sienta las bases de lo que se denominó
“feminismo conservador”, sin hacer la menor referencia a la igualdad de
derechos, plantea el reto a la mujer de ser una “colaboradora inteligente en la
obra magna encomendada a la inteligencia masculina se ser sostenedor y
salvaguardia de los hijos”.
Otra asociación femenina conservadora, en
este caso, de tintes nacionalistas, también ve la luz en 1906. Es
la Lliga Patriotica
de Dames, una sección femenina de
la Lliga Regionalista
catalana.
Pero la cuestión ya está en la calle y
comienza a mostrar sus efectos en la vida política. En 1907, durante un debate
parlamentario sobre la reforma electoral, se presentan dos enmiendas que
plantean algún tipo de voto femenino, más restringido que el masculino, pero
sólo obtienen nueve votos favorables. En 1908, los republicanos presentan una
nueva proposición por la que las mujeres mayores de edad, económicamente
emancipadas y no casadas, podrían votar sólo en las elecciones municipales.
Pese a la cicatería de la propuesta, la moción es rechazada por veinte votos de
diferencia.
Estas acciones parlamentarias, sin
embargo, avivan el debate social. El diario El Heraldo de Madrid, en el que
trabaja la periodista Carmen de Burgos, realiza dos encuestas simultáneas sobre
el voto femenino y el divorcio. De 4.562 encuestados, 922 se mostraban a favor
del voto para la mujer, aunque sólo 109 se mostraban partidarios de que fuera
sin restricciones y, únicamente 39 consideraban que la mujer pudiera ser
elegible.
Un giro importante se produce en 1912,
cuando se crea
la
Agrupación Femenina Socialista, que inerva los postulados
feministas en el sentido de clase. Un año más tarde Virginia González es la
primera mujer que integra los comités nacionales del PSOE y de
la UGT.
Católicos y conservadores reaccionan para
contrarrestar la pujanza de los sindicatos y de estas agrupaciones femeninas
socialistas, organizando sindicatos católicos de mujeres. En 1912 se fundan
la Federación Sindical
de Obreras, dirigida por María Doménech de Cañellas y el Sindicato de
la Inmaculada, a cuyo
frente se sitúa María de Echarri. Otras iniciativas conservadoras tomaron
cuerpo de publicación, como “El Pensamiento Femenino, con Pilar Fernánez Selfa
y Benita Asas, o
La Voz
de
la Mujer,
fundada por Celsia Regis. A iniciativa de esta última, un grupo de mujeres,
reunidas en el despacho de María Espinosa de los Monteros, conocida mujer de
negocios, crean
la
Asociación Nacional de Mujeres Españolas (ANME), en octubre
de 1918, que llegaría a ser la organización feminista más importante de España
en su momento. En ella se integra un variopinto grupo de mujeres de clase media
y profesionales liberales, entre las que se encuentran algunas que más tarde
serían activas y directas protagonistas de los cambios políticos posteriores.
Entre otras muchas estaban Benita Asas, María de Maeztu, Elisa Soriano, Clara
Campoamor o Victoria Kent –las protagonistas del gran debate de las
Constituyentes de 1931-. Pronto coordinaron su actuación con la de otros
colectivos, como
la Liga
para el Progreso de
la Mujer
y
la Sociedad
Concepción Arenal, que operaba en Valencia, o
La Progresiva Femenina
y
la Mujer del
Porvenir, de Barcelona, conformanado el Consejo Supremo Feminista de España.
En la mayor parte de los países europeos
(a excepción de los latinos), tras
la I Guerra Mundial, el sufragio femenino se
convierte en un hecho. En ese clima, y con un movimineto feminista mucho más
avanzado en el entorno, unido a un debate público creciente frente a la
situación de la mujer, comienzan a adoptarse tímidas medidas políticas de
integración.
ANME sostenía mayoritariamente posiciones
conservadoras, la presencia en su seno de algunas de las que posteriormente
serían importantes personalidades de la izquierda política dio como fruto que
en su programa se presentasen varias reivindicaciones de calado. Así, proponían
la reforma del Código Civil, el derecho de la mujer a ejercer profesiones
liberales y determinados cargos oficiales, la igualdad salarial para iguales
trabajos, la mejora del acceso a la educación para la mujer y el sufragio
femenino.
Simultáneamente a la constitución de
la ANME, se crea
la Unión de Mujeres de España
(UME), con un carácter abiertamente más progresista, contando entre sus
afiladas a María Lejarra, Carmen Eva Nelken o María Martínez Sierra. Por su
parte,
la
Asociación Nacional de Mujeres Españolas impulsa el
nacimiento de Juventud Universitaria Feminista, en 1920, en la que nuevamente
vuelven a coincidir Clara Campoamor y Victoria Kent. También se organiza
la Cruzada de Mujeres
Españolas, liderada por la periodista Carmen de Burgos y que es la entidad que
convoca la primera manifestación a favor del sufragio femenino en España,
mediante un manifiesto firmado por numerosas y conocidas mujeres del mundo del
arte y del espectáculo y por agrupaciones de mujeres obreras.
En 1919, el diputado conservador Burgos
Mazo presenta ante el Parlamento una iniciativa para permitir el voto de todos
los españoles de ambos sexos mayores de 25 años, aunque con dos importantes
salvedades, la mujer podía votar, pero no resultar elegida, y establecía dos jornadas
electorales, una para los hombres, y otra para las mujeres. La propuesta no
llegó a debatirse.
La llegada de la dictadura de Primo de
Rivera, paradójicamente, impulsó ciertos cambios legislativos más integradores,
aunque, por su propia naturaleza política, desde una perspectiva paternalista.
Vieron la luz determinadas normas de protección al trabajo femenino, ampliación
de posibilidades educativas, la apertura al desempeño de determinados cargos
públicos y, a través del denominado Estatuto Municipal, el derecho al sufragio
femenino en las elecciones municipales –aunque quedaban excluidas las mujeres
casadas y las prostitutas (cuya actividad era legal en esa época y estaba
regulada por ley)-. La dictadura también permitió el primer caso de voto universal
absoluto a todos los mayores de 18 años, “sin distinción de sexo”, en el
referéndum de apoyo al régimen, en el tercer aniversario de la arribada de
Primo de Rivera al poder.
Pero no es hasta la llegada de
la República cuando se
aborda de modo definitivo la plenitud de los derechos políticos de la mujer en
España. No sólo en cuanto al incuestionable derecho al voto femenino. Otros
muchos aspectos que constituían una afrenta discriminatoria permanente son
subsanados. Los diputados y diputadas integrantes de
la Comisión encargada de la
redacción del nuevo texto constitucional se emplean a fondo en poner fin a la
secular discriminación que había padecido la mujer en nuestro país. Cuestiones
que parecen hoy básicas e indiscutibles, han de ser removidas profundamente
para dar lugar al que, probablemente es el primer texto de derecho político
moderno de nuestra historia. Algunos ejemplos rotundos se expresan mejor en la
redacción definitiva de
la
Constitución de 1931. Así, el artículo 40 recoge: “Todos los
españoles, sin distinción de sexos, son admisibles en los empleos y cargos
públicos, según su mérito y capacidad, salvo las incompatibiliddes que las
leyes señalen”.
El artículo 45 es el primero que
establece un seguro de enfermedad y de accidente laboral, reconoce las
pensiones de jubilación, invalidez o muerte por causa laboral, y equipara los
salarios masculino y femenino para un mismo trabajo, así como la protección a
la maternidad y establece un salario mínimo y un salario familiar. Otro cambio
profundo es introducido en el artículo 43 en referencia a la situación familiar
y el matriminio: “La familia está bajo la salvaguardia del Estado. El
matrimonio se funda en la igualdad de derechos para ambos sexos, y podrá
disolverse por mutuo disenso o a petición de cualquiera de los cónyuges, con
alegación en este caso de causa justa”. Eso en un Estado en el que hasta ese
momento, estar casada constituía un impedimento para ejercer el sufragio, “para
evitar disputas familiares si la mujer votaba en sentido distinto al del
marido”.
Al igual sucedía con el divorcio. En ese
momento sólo España e Italia eran las naciones en las que no se había legislado
al respecto.
La Ley
de Divorcio de 1932, que desarrollaba articularmente la filosofía expuesta en
el artículo 43 de
la
Constitución, se convirtió en la más avanzada de su época.
Todo ello con un Parlamento en el que sólo estaban presentes tres mujeres que
no habían tenido derecho a votar y que, pudieron ser elegidas por un decreto
que el Gobierno provisional de
la
República había aprobado en mayo de 1931, en el que se
declaraba que “las mujeres y los sacerdotes” podían ser elegidos diputados,
pero que sólo concedía el sufragio a los hombres mayores de 23 años.
Ahí nació uno de los mayores debates
parlamentarios de
la II
República. En
la
Comisión encargada de la redacción del texto constitucional
figuraban diputados de todas las formaciones políticas con representación en
la Cámara, y la presencia
destacada de las dos únicas parlamentarias electas, Clara Campoamor (Partido
Radical), y Victoria Kent (Izquierda Republicana) –puesto que una tercera
diputada, Margarita Nelken (PSOE), se incorporó al Congreso de los Diputados a
finales de año-.
Fue un debate arduo en el que el espectro
parlamentario republicano, en lo que parecía una representación del mundo al
revés, se oponía al sufragio femenino, argumentando la influencia
ultraconservadora que
la
Iglesia católica ejercía sobre una mayoría de mujeres, lo que
podría, en su opinión, decantar en este sentido el resultado de las elecciones
que en breve tiempo estaban abocados a convocar. Frente a ellos, los
socialistas –con notables excepciones, como la de Indalecio Prieto-, las
minoritarias –entonces- fuerzas de la derecha, que por oportunismo se alinearon
en esta posición, y la diputada Clara Campoamor, enfrentada también a su propio
grupo, el Partido Radical. Los largos debates fueron seguidos con mucha
atención por la prensa en aquellos días. Además, el hecho de que la otra única
diputada, Victoria Kent, interviniese muy activamente para “aplazar” el
ejercicio del derecho del sufragio femenino, para no perjudicar “los intereses
de
la República”,
devino en una situación algo morbosa y que también dio de sí para el sarcasmo y
el humor de mal gusto en algunos sectores de la prensa.
Finalmente, tras varios debates y tres
votaciones (en todas había resultado triunfadora la posición favorable al
sufragio femenino) provocadas por la reintroducción del mismo debate por parte
de diputados republicanos,
la
Constitución de
la II República recogía en sus artículos 25 y 36 el
derecho de sufragio y de resultar electo para la mujer en las mismas y exactas
condiciones que los hombres.
En las siguientes elecciones generales,
ya con plena participación femenina, en 1933, se producía el triunfo de la derecha,
por lo que innumerables voces se alzaron culpando a la participación de la
mujer de este resultado. Curiosamente, tanto Clara Campoamor, como Victoria
Kent, perdieron en estos comicios sus actas de diputadas. Sin embargo, en el
cómputo general, las formaciones de izquierda obtuvieron mayor número de voto
que las de la derecha. En las elecciones de 1936, también con el voto femenino,
el triunfo de la izquierda resultó incuestionable. Lamentablemente, la
sublevación militar contra el Gobierno democráticamente constituído,
la Guerra Civil y el
feroz régimen dictatorial que surgió tras la contienda acabó con todos los
avances conseguidos, tanto para los hombres como para las mujeres de este país,
el divorcio y otras muchas conquistas sociales desaparecieron de las sociedad
española durante 40 años, y el voto pasó a constituir una quimera y un sueño
para ambos sexos, aparte de aquellos burdos remedos de referéndum, en los que
el derecho de sufragio se extendía hasta a los muertos, siempre y cuando
votaran “sí”.
El gran debate: mujer contra mujer
El momento álgido de la disputa
parlamentaria en torno a la cuestión del voto femenino se producía de un modo
muy gráfico a través del enfrentamiento dialéctico sostenido por las dos únicas
mujeres parlamentarias: Clara Campoamor y Victoria Kent. A favor la primera, y
partidaria de aplazarlo la segunda. El debate y sus llamativas circunstancias
tuvieron un seguimiento especial por parte de la prensa, que hacía hincapié, a
veces con un humor machista, en lo chocante de que las dos únicas féminas con
credencial de diputado estuvieran enfrentadas dialécticamente por la cuestión
del voto femenino. El duelo parlamentario dejó algunas intervenciones del
máximo interés:
CLARA CAMPOAMOR: “(…) Yo, señores
diputados, me siento ciudadana antes que mujer, y considero que sería un
profundo error político dejar a la mujer al margen de ese derecho, a la mujer
que espera y confía en vosotros, a la mujer que (…) será indiscutiblemente una nueva fuerza que se
incorporará al Derecho y no hay sino empujarla a que siga su camino. (…) No
cometáis, señores diputados, ese error político de gravísimas consecuencias.
Salváis a
la República,
ayudáis a
la República
atrayéndos y sumando esa fuerza que espera ansiosa el momento de su redención.
(…) La mujer española espera hoy de
la República la redención suya y la redención del
hijo. No cometáis un error histórico que no tendréis nunca bastante tiempo para
llorar”.
VISTORIA KENT: “Es significativo que una
mujer como yo se levante en la tarde de hoy a decir a
la Cámara, sencillamente, que
creo que el voto femenino debe aplazarse. Que creo que no es el momento de
otorgar el voto a la mujer española. Lo dice una mujer que, en el momento de
decirlo, renuncia a un ideal. Quiero significar a
la Cámara que el hecho de que
dos mujeres que se encuentren aquí reunidas opinen de diferente manera no
dignifica absolutamente nada (…) Es necesario aplazar el voto femenino porque
yo necesitaría ver, para cambiar de criterio, a las madres en la calle pidiendo
escuelas para sus hijos, a las madres prohibiendo que sus hijos fueran a
Marruecos (…) unidas, pidiendo lo indispensable para la salud y la cultura de
sus hijos. Por esto, señores diputados, por creer que con ello sirvo a
la República, pido a
la Cámara que aplace el voto
para la mujer”.
CLARA CAMPOAMOR: “(…) Que ¿cuándo las
mujeres se han levantado para protestar de
la Guerra de Marruecos? Primero, ¿y por qué no los
hombres? Segundo: ¿Quién protestó y se levantó en Zaragoza cuando
la Guerra de Cuba más que las
mujeres? ¿Quién nutrió la manifestación pro responsabilidades del Ateneo, con
motivo del desastre de Annual, más que las mujeres, que iban en mayor número
que los hombres? ¡Las mujeres! ¿Cómo puede decirse que cuando las mujeres den señales de vida
por
la República
se les concederá como premio el derecho a votar?”
VICTORIA KENT: “Son necesarios algunos
años de convivencia con
la
República; que vean las mujeres que
la República ha traído a
España lo que no trajo
la
Monarquía, esas 20.000 escuelas de que nos hablaba el
ministro de
la
Instrucción Pública, esos laboratorios, esas universidades
populares (…) Cuando la mujer española se dé cuenta de que sólo en
la República están
garantizados los derechos de ciudadanía de sus hijos, de que sólo
la República ha traído a su
hogar el pan que la monarquía no les había dejado, entonces, señores diputados,
la mujer será la más ferviente, la más ardiente defensora de
la República”
CLARA CAMPOAMOR: “(…) casi podría decirse
que nosotras (en referencia a sí misma y a Victoria Kent), mujeres, deberíamos
negarnos a aceptar el derecho pasivo si no concedéis a nuestras hermanas el
derecho activo, porque no debemos prestarnos a contribuir a la farsea. Una
mujer, dos mujeres, ¿qué hacen en un parlamento de 465 diputados? Dar una nota
de color, prestarse a una broma. (…) Hablo como republicana, pero como
republicana que ante un ideal, lo defendería hasta la muerte; que pondría la
cabeza y el corazón en el platillo de la balanza para que se inclinara a favor
del voto de la mujer, y que, además, sigo pensando, y no por vanidad, sino por
íntima convicción, que nadie como yo sirve en estos momentos a
la República española”.
El portavoz socialista, Ovejero, anunció
con rotundidad durante el debate que su voto y el de su grupo –a excepción de
Indalecio Prieto-, sería favorable al sufragio femenino, al igual que hizo
Castrovido, que se desmarcó de la mayoría de Acción Republicana, para mostrar
su apoyo y ofrecer su voto, como también lo comprometió Lluis Companys. El
resultado de la votación final del 1 de octubre de 1931 arrojó un saldo de 161
votos a favor y 121 en contra.
Ya no volvería a modificarse el
resultado, pero el 1 de diciembre, la cuestión fue de nuevo introducida en los
debates, pese a haber sido ya aprobada. En esta ocasión, y sin la presencia en
la Cámara de los diputados de
la derecha agraria, y tras nuevos y tensos debates, la votación terminó con 131
votos a favor y 127 en contra. Ésta sería la definitiva.
De modista a legisladora
Clara Campoamor nació en Madrid en 1888,
en una familia con escasos recursos económicos. El fallecimiento de su padre,
cuando ella sólo tenía 13 años, la obligó a dejar sus estudios y a ayudar a su
madre en su trabajo de modista. Poco después pasa a ganarse la vida como
dependienta de comercio hasta 1909, año en el que, mediante oposición obtiene
una plaza en el cuerpo auxiliar de Telégrafos –uno de los pocos a los que las
mujeres podían aspirar en esa época-, y ejerce este cargo en Zaragoza y San
Sebastián.
En 1914 consigue el nombramiento (también
mediante oposición) como profesora en las Escuelas de Adultos, lo que le
permite regresar a Madrid. Además, se incorpora como secretaria al diario “
La Tribuna”, periódico
progresista que resultó determinante para su actividad política posterior. En
1922 comienza sus estudios de Derecho, que concluye en sólo dos años,
simultaneándolos, además, con sus dos trabajos. En 1925 entra en el Colegio de
Abogados.
Su actividad como letrada la impulsa a la
primera línea pública. Ejerce brillantemente la defensa de varios de los
republicanos detenidos tras la “Rebelión de Jaca”, así como la deotros muchos
presos políticos. En 1927,
la
Academia de Jurisprudencia le otorga
la Gran Cruz de Alfonso
XII, que Campoamor rechaza, como tampoco acepta el nombramiento, en plena
dictadura de Primo de Rivera, del cargo de asesora del Ministerio de Trabajo
que el régimen le ofrece. Entre 1928 y 1929 es delegada del Tribunal de
Menores.
Asidua del Ateneo de Madrid desde su
juventud, en 1929 forma parte del Comité Organizador de
la Agrupación Liberal
Socialista; más tarde trabaja activamente en el seno de Acción Republicana,
aunque, tras haber pertenecido a su Consejo Nacional, posteriormente lo
abandona y se une al Partido Radical. Por esta formación consiguió un escaño en
el primer Parlamento republicano, elegido en 1931. Fue, junto a Victoria Kent
(Izquierda Republicana), la única mujer que obtuvo acta de diputada –meses más
tarde se incorporaba al Hemiciclo Margarita Nelken (Partido Socialista Obrero
Español)-, en unas cortes con 465 diputados.
Clara Campoamor se convirtió en la voz
activa y militante por la igualdad de los derechos políticos entre hombres y
mujeres. Miembro de
la
Comisión encargada de la redacción de la nueva Constitución
republicana, desde el primer momento se destacó por su defensa tenaz del
sufragio femenino. Se daba la curiosa circunstancia de que en las elecciones en
las que obtuvo su escaño, las mujeres podían resultar elegidas (como fue su
escepcional caso), pero no pudieron ejercer el voto.
Protagonista principal del histórico
debate en el que defendió como nadie el pleno ejercicio de los derechos
políticos y el sufragio para las mujeres, hubo de enfrentarse a su propia
formación política, el Partido Radical, a la mayoría de los grupos republicanos
–cuyo argumento contrario no se basaba en la negación del derecho de las
mujeres al voto, sino en la oportunidad coyuntural de hacerlo efectivo en ese
momento, con la sospecha de que por la influencia social y el ascendente que
la Iglesia (en posiciones
políticas ultraconservadoras) tenía en una mayoría de las féminas españolas, su
participación en los siguientes comicios podría decantar hacia la derecha el
resultado-, y lo que resultó más llamativo en su momento, a Victoria Kent,
también miembro de las Constituyentes, que públicamente se alineó con las tesis
de quienes pretendían retardar la incorporación de la mujer a la plena
participación democrática, y que fue muy resaltado por la prensa de aquellos
días.
La perseverancia y la firmeza de Clara
Campoamor, el apoyo incondicional de los socialistas y, en un primer momento,
los votos interesados de las muy minoritarias derechas presentes en aquel
Parlamento, permitieron que tanto
la Constitución republicana, como la ley electoral
abrieran las puertas al derecho al sufragio femenino.
Pese a que siempre será recordada por su
esforzada defensa del voto de las mujeres, en su breve trayectoria
parlamentaria –en las siguientes elecciones, en 1933, perdería su escaño-,
Clara Campoamor también destacó en la redacción de la ley de Divorcio (una de
las más avanzadas de su época) y en los debates sobre inscripción y derechos
como legítimos de los hijos habidos fuera del matrimionio, así como de la
investigación sobre la paternidad y derechos de custodia compartidos.
Entre 1931 y 1933 fue delegada del
gobierno de
la República
en
la Sociedad
de Naciones (precedente de
la ONU).
En 1933 fue nombrada directora general de Beneficiencia, aunque dimitió de este
cargo en 1934. Un año más tarde abandona el Partido Radical, del que ya le
separaban muchas posiciones políticas, y se hace cargo de la presidencia de
la Organización Pro-Infancia
Obrera, fundada por las corrientes más izquierdistas de los republicanos y los
socialistas y comunistas, para atender a los hijos de asesinados y
represaliados tras la reprimida Revolución de Asturias de 1934.
Fracasó en su intento de constituir un
partido político y recibió una respuesta negativa a su intención de
incorporarse a Izquierda Republicana.
Paralelamente desarrolló una intensa
actividad literaria. Colaboró en diversas publicaciones, como El Nuevo Heraldo,
El Sol, El Tiempo y, por supuesto,
La Tribuna. Entre sus ensayos se pueden destacar “El
derecho de la mujer en España”, “La situación jurídica de la mujer
española”, “Mi pecado mortal. El voto
femenino y yo”, o “La revolución española vista por una republicana”.
Tras el estallido de la sublevación
franquista se exilia en diversas ciudades europeas y más tarde en Argentina. En
1955 se instala en Suiza, donde falleció en 1973.
Hace unos meses se ha iniciado una
campaña nacional para conseguir levantar un monumento en su honor –un busto- en
el Congreso de los Diputados. |